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Tema: Duda embargo

  1. #11
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    Avatar de CAPITAN GUADAÑAS
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    Pues si Caninus,pero también sabemos como son estás empresuchas su fin principal pillar pasta primero o verder a fondos buitres.
    La ley está ahí y ciertamente con ella en la mano moriríamos de hambre antes que vender un bien para poder comer pero cuando la necesidad acucia y vendiendo ese bien puedo comer yo lo vendo y si luego un futuro acreedor de estas empresuchas se quiere meter en jalanas y tiene pasta para hacerlo porque cree que existió un posible alzamiento que lo haga..y que la suerte del juez decida.Un saludo.

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  2. #12
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    hola, gracias a todos la verdad es que ahora después de ver las contestaciones estoy acojonadito, n ose que hacer……..

  3. #13
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    Pues yo lo tengo claro no debes millones de euros,no has actuado de mala fe y a día de hoy no disfrutas de esa plaza de garaje la cual seguro que te ha dado unos pocos euros.
    Un saludo y duerme tranquilo que como mucho harías trabajos sociales si llegase el caso .Un saludo.

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  4. #14
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    · - Enajenar u ocultar bienes antes de que los acreedores hayan entablado ningún procedimiento de ejecución contra ellos.
    En mi opinión, esto queda bastante claro........

    Una cosa es entablar un procedimiento de ejecución de unos titulos (sean judiciales o no), en cuyo caso si que cabría hablar de posible alzamiento de bienes (siempre y cuando el acreedor lo llegara a saber y pusiera la correspondiente denuncia, hecho ya de por si harto dificil en este tipo de procedimientos de reclamacion de deuda) y otra cosa muy distinta es cuando ni siquiera hay abierto un procedimiento en sí mismo.

    Es decir, que yo puedo vender lo que me de la gana, sin miedo a ningún alzamiento de bienes, cuando no se lo que va a ocurrir mañana. Como puedo saber si alguien me va a demandar mañana o no?

    ¿No puedo vender ninguna propiedad mía, por si mañana alguien me demanda y les da por denunciarme porque ayer vendí algo de mi propiedad? Venga ya........

    No véis que ese argumento se cae por su propio peso?

    No existe alzamiento de bienes, cuando ni siquiera hay demanda iniciada.

    Otra cosa es, cuando ya hay procedimiento abierto y a falta de ejecución, vendes propiedades suceptibles de ser embargadas, con claro ánimo de ocultamiento ante esa posible ejecución de embargo.

    Yo lo tengo clarisimo........
    Última edición por RCB; 29/01/2016 a las 00:23
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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  5. #15
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    Cita Iniciado por RCB Ver mensaje
    En mi opinión, esto queda bastante claro........

    Una cosa es entablar un procedimiento de ejecución de unos titulos (sean judiciales o no), en cuyo caso si que cabría hablar de posible alzamiento de bienes (siempre y cuando el acreedor lo llegara a saber y pusiera la correspondiente denuncia, hecho ya de por si harto dificil en este tipo de procedimientos de reclamacion de deuda) y otra cosa muy distinta es cuando ni siquiera hay abierto un procedimiento en sí mismo.

    Es decir, que yo puedo vender lo que me de la gana, sin miedo a ningún alzamiento de bienes, cuando no se lo que va a ocurrir mañana. Como puedo saber si alguien me va a demandar mañana o no?

    ¿No puedo vender ninguna propiedad mía, por si mañana alguien me demanda y les da por denunciarme porque ayer vendí algo de mi propiedad? Venga ya........

    No véis que ese argumento se cae por su propio peso?

    No existe alzamiento de bienes, cuando ni siquiera hay demanda iniciada.

    Otra cosa es, cuando ya hay procedimiento abierto y a falta de ejecución, vendes propiedades suceptibles de ser embargadas, con claro ánimo de ocultamiento ante esa posible ejecución de embargo.

    Yo lo tengo clarisimo........
    Tiene su lógica, por supuesto. Si el activo no esta hipotecado y el importe de la indemnización final (el reembolso de la deuda) es indeterminado y no sabemos si lícito ( digo lícito porque me gusta más que improcedente; improcedente se queda corto y es demasiado suave para definir las maniobras de ciertos acreedores). Sería como tener unos activos cautivos que te atarían las manos para el desempeño normal.
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