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Pachuuu, pa lante!! Animo campeon, Un besazo
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Pachuli
Pero será percherón por que si no lo voy a desmontar cuando me monte
No te preocupes Pachuli, tu puedes con eso y mucho más, al coche que le den por...... donde ya sabes, en cuanto puedas te buscas un cochecillo por 1000 euros para que te lleve y te traiga y solucionado.
Sé de sobra que es una putada, a mi me quitaron un camión en el 89 y al final casi pague dos camiones, y sin tenerlo. Pero todo pasa y todo queda atrás, tienes que seguir para adelante Pachuli, que tu vales mucho.
Un abrazo campeón, cualquier día suena la flauta y vamos a ir a ver a los del opel corsa a comprarles la tienda, por listos.
De la conducta de cada uno depende el destino de todos.
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gracias de nuevo señores , no tengo palabras
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Mucho ánimo Pachuli, no te vengas abajo.
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Financiación coche con Santander Consumer
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Financiación coche con Santander Consumer
Vengo del juzgado y la informacion "deja bastante que desear"
Asi que me he venido como me fui, gracias a este foro y a ustedes que lo conponen hacen que la informacion sea un poder
Hay algo que aun no conprendo, en los enbargos hay que seguir el orden establecido por fuerza? O el acreedor puede pedirlo en el orden que mas le convenga por su lejitimo interes
Deudas con particulares
Hay que distinguir entre dos tipos de deudas, con acreedores particulares y con las administraciones públicas. Según el caso, el procedimiento es diferente.
Cuando se debe dinero a un acreedor particular, por ejemplo, una empresa, un banco, una persona física…, en estos casos interviene un juzgado que es quien ordena la ejecución de la sentencia y el procedimiento se tramita por la ley de enjuiciamiento civil. Una vez que el juez ordena un embargo, se sigue un orden establecido de los bienes a embargar y los vehículos están en la sexta posición. Antes intentarán embargar: 1º dinero en efectivo y cuentas; 2º créditos, títulos, valores u otros instrumentos financieros; 3º joyas y objetos de arte; 4º rentas en dinero; 5º intereses, rentas y frutos de toda especie; 6º bienes muebles (entre los que se encuentran los vehículos), acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales; 7º bienes inmuebles (viviendas, locales…); 8º sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas; 9º créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.
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Financiación coche con Santander Consumer
estando en precinto osea en el deposito esperando su venta o subasta, la ley marca algun tiempo maximo de espera?
Todo ese tienpo de espera me he de hacer cargo de los gastos tamben , imagino
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Pachu, tomate un omeprazol como el del sabado pasado y que les den morcilla!
Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.
No preguntes cuantos son, sino donde estan.
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Pachuli
Vengo del juzgado y la informacion "deja bastante que desear"
Asi que me he venido como me fui, gracias a este foro y a ustedes que lo conponen hacen que la informacion sea un poder
Hay algo que aun no conprendo, en los enbargos hay que seguir el orden establecido por fuerza? O el acreedor puede pedirlo en el orden que mas le convenga por su lejitimo interes
Deudas con particulares
Hay que distinguir entre dos tipos de deudas, con acreedores particulares y con las administraciones públicas. Según el caso, el procedimiento es diferente.
Cuando se debe dinero a un acreedor particular, por ejemplo, una empresa, un banco, una persona física…, en estos casos interviene un juzgado que es quien ordena la ejecución de la sentencia y el procedimiento se tramita por la ley de enjuiciamiento civil. Una vez que el juez ordena un embargo, se sigue un orden establecido de los bienes a embargar y los vehículos están en la sexta posición. Antes intentarán embargar: 1º dinero en efectivo y cuentas; 2º créditos, títulos, valores u otros instrumentos financieros; 3º joyas y objetos de arte; 4º rentas en dinero; 5º intereses, rentas y frutos de toda especie; 6º bienes muebles (entre los que se encuentran los vehículos), acciones, títulos o valores no admitidos a cotización oficial y participaciones sociales; 7º bienes inmuebles (viviendas, locales…); 8º sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales y mercantiles autónomas; 9º créditos, derechos y valores realizables a medio y largo plazo.
Mientras que la deuda no este "asociada" al coche,se hara el embargo como corresponda.
Pero en este caso, te han financiado un coche y lo primero que piden (por eso tiene reserva de dominio) es el coche que es suyo porque lo han "pagado" ellos y es a ellos a quien se lo debes.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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Risto
Pachu, tomate un omeprazol como el del sabado pasado y que les den morcilla!
Y despues del protector de estomago (omeprazol) un orfidal (loracepam,benzodiacepina de alta potencia) para los nervios.
No Pachuli, mejor una tila triple, que las medicinas esas no me gustan.
Arrieritos somos.
Y en el camino nos encontraremos.
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