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Tema: Reclamación seguro no contratado.

  1. #21
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    No aparece ningún número de póliza, por eso digo que podrían haber grapado lo mismo el periódico de hoy que un extracto de publicidad del carrefour. Yo sólo firmé los contratos y nada más.

    Otra pregunta,¿es normal que la prima haya ido aumentando?, porque cada año que he pagado he pagado más dinero, de hecho la última prima del segundo seguro ha sido de 120 euros cuando la que pone en el contrato es de 68,19 euros.

    Un saludo.
    Última edición por Bandidorl; 07/02/2014 a las 13:39

  2. #22
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    Tengo que mirarlas con más calma, pero en principio milagrosamente parece que están bien.
    No juzguéis, para que no seáis juzgados. Porque con el juicio con que juzgáis, seréis juzgados, y con la medida con que medís, os serás medido. ¿Y por qué miras la paja que está en el ojo de tu hermano, y no echas de ver la viga que está en tu propio ojo? ¿O cómo dirás a tu hermano: Déjame sacar la paja de tu ojo, y he aquí la viga en el ojo tuyo? ¡Hipócrita! saca primero la viga de tu propio ojo, y entonces verás bien para sacar la paja del ojo de tu hermano.” (Mateo 7:1-5)

  3. #23
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    Muchas gracias celicar, cuando puedas lo miras, no te preocupes y muchas gracias.

    Mis dudas son (teniendo en cuenta que no tengo ni idea de seguros):

    ¿La solicitud y la póliza pueden ir en el mismo papel firmado por mi?

    ¿El número de póliza se pone en las condiciones particulares pero no en las generales?

    La prima del seguro que contraté en 2007 no ha hecho más que subir y subir a lo largo de los años, ¿donde viene reflejada esa subida? ya que ha pasado de 68,19 euros en 2007 a 120 euros en 2013.

    Ese mismo seguro lleva en las condiciones particulares una operación asociada que se refiere a un préstamo concreto (con su número), una vez desaparecido ese préstamo, ¿No debería de haberse dado de baja el seguro al desaparecer esa operación asociada?

    Lo mismo los seguros están perfectos y no hay nada que rascar, lo cierto es que yo no tenía ni idea de que los tenía contratados, por lo menos el de 2007, pero durante la época de vacas gordas no me daba ni cuenta y los pagaba sin fijarme en ello. Para darlos de baja, ¿debería mandar una carta certificada a la aseguradora por cada uno de ellos?

    Un saludo y gracias de antemano por la ayuda.

  4. #24

    exxxxxxx
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    Archivo adjunto 13000Archivo adjunto 13001Archivo adjunto 13002Archivo adjunto 13003

    Bueno, me han enviado las dos pólizas, una de las cuales la vengo pagando desde hace la friolera de 6 años y yo sin darme cuenta (que bonita era la época de las vacas gordas) y que además ha ido encareciéndose con el tiempo¿? y la otra de este mes de mayo pasado.

    Pues bien, mi duda es, puedo reclamarlos¿?, son legales¿?. Me han enviado grapado a cada póliza unas condiciones generales de esas genéricas que no van firmadas por mí y que han grapado eso como podrían haber grapado el Marca de hoy.

    Un saludo.
    Si no dice expresamente "me han sido entregadas las condiciones generales" y además no va numerado todo el documento en plan 1 de 7, 2 de 7, 3 de 7... (con lo que bastaría firmar en una hoja) yo reclamaba diciendo que han faltado al artículo 3 de la ley 50/1980:

    Artículo 3

    Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.

    No hablan de que te las han entregado, si no de que las conoces ¿tienes tanta memoria?

    Reclama en términos enérgicos y di que aviva ya tiene pronunciamientos en contra de la DGSFP.

  5. #25

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
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    No aparece ningún número de póliza, por eso digo que podrían haber grapado lo mismo el periódico de hoy que un extracto de publicidad del carrefour. Yo sólo firmé los contratos y nada más.

    Otra pregunta,¿es normal que la prima haya ido aumentando?, porque cada año que he pagado he pagado más dinero, de hecho la última prima del segundo seguro ha sido de 120 euros cuando la que pone en el contrato es de 68,19 euros.

    Un saludo.
    Pues alega eso mismo del número. La subida debe venir pactada en lo que te entregaron a modo de contrato.

  6. #26

    exxxxxxx
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    Muchas gracias celicar, cuando puedas lo miras, no te preocupes y muchas gracias.

    ¿La solicitud y la póliza pueden ir en el mismo papel firmado por mi? No debería

    ¿El número de póliza se pone en las condiciones particulares pero no en las generales?, debería estar en las dos o haber una prueba de que se te entregaron las condiciones generales

    La prima del seguro que contraté en 2007 no ha hecho más que subir y subir a lo largo de los años, ¿donde viene reflejada esa subida? ya que ha pasado de 68,19 euros en 2007 a 120 euros en 2013. Debería estar en el contrato, si no es una modificación y vulnerar el artículo 5: el seguro y modificaciones deben formalizarse por escrito

    Ese mismo seguro lleva en las condiciones particulares una operación asociada que se refiere a un préstamo concreto (con su número), una vez desaparecido ese préstamo, ¿No debería de haberse dado de baja el seguro al desaparecer esa operación asociada? Sí, si no hay riesgo, el contrato de seguro es nulo

    Para darlos de baja, ¿debería mandar una carta certificada a la aseguradora por cada uno de ellos? Di que dejen de pasar las primas y además expón el resto de lo que te he respondido.
    Añade además que no te dieron la póliza y que no sabes las condiciones generales de memoria porque la ley dice que se debn formalizar por escrito; que si tuvieses esa memoria hubieses hecho oposición a Notario.

  7. #27
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    Gracias a Celicar (que me ayudó a redactar la carta para solicitar la información de las pólizas) y Eusebito (que ha sido capaz de entender todos los errores y tejemanejes traicioneros de mis pólizas ya que yo no hubiera sido capaz en la vida) he redactado mi carta para reclamar a la aseguradora que me devuelvan todas las primas satisfechas por las dos pólizas que tengo con ellos.

    Si alguien fuera tan amable de echarle un vistazo a ver si le parece correcta la carta, por favor.

    Otra cosa, dado que son dos pólizas mando una carta de reclamación por cada una de ellas, ¿no?

    Gracias de antemano y un saludo.

    El texto de la carta:


    Cartagena a 17 de febrero de 2014
    Cajamurcia Vida (Cajamurcia Vida y Pensiones de Seguros y Reaseguros S.A.)
    Servicio de atención al Cliente
    Plaza de la Fuensanta, 2 piso 6, Edificio Hispania
    30008 MURCIA
    Sres. De Cajamurcia Vida (Cajamurcia Vida y Pensiones de Seguros y Reaseguros S.A.):

    En fecha 14 de enero de 2014 me puse en contacto con ustedes para solicitarles información relativas a todas las pólizas de seguro que pudiera tener contratadas con ustedes.
    Me fue remitida por su parte dicha información en fecha xx/xx/2014 relativa a las siguientes pólizas
    Habiendo comprobado la información recibida de ustedes y después de asesorarme con profesionales expertos en Seguros he comprobado que existen varias irregularidades con dichas pólizas:
    Con respecto a la póliza nº xxxxxxxxxxxxxxxxx
    1) La solicitud o propuesta de seguro y la póliza de seguro deben ser documentos únicos y no contenerse ambos en el mismo documento.
    2) El número de póliza debe figurar tanto en las condiciones particulares como en las generales o en su defecto estas condiciones (las generales) deberían de haber sido entregadas cosa que en ningún caso se produjo, esto supone una vulneración flagrante artículo 3 de la ley 50/1980:
    Artículo 3:
    Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.
    3) De igual forma en las supuestas condiciones generales suministradas por ustedes hace escasas fechas no aparece ningún número de póliza que las vincules con las condiciones particulares, dejándome totalmente indefenso ya que no conocía dicha información al no haberme sido facilitada por ustedes en el momento de la formalización de la póliza.
    4) De igual manera la prima de la póliza se ha venido incrementando año tras año una cantidad indeterminada y desconocida por mi ya que dicha subida debería venir pactada en las condiciones de la póliza pero no es así, dado que no aparece en las condiciones particulares y las condiciones generales nunca me fueron comunicadas.
    En caso de corresponder esta subida a una modificación del contrato, está nunca me fue comunicada ni suscrita por mí, con lo que se vulneraría el artículo 5 de la ley 50/1980
    Artículo 5:
    El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito.
    5) En última instancia dicha póliza iba vinculada a una operación crediticia (concretamente la nº xxxxxxxxxxxxxx) que se extinguió en junio de 2013 con lo que la prima correspondiente al mes de diciembre de 2013 nunca debió haber sido satisfecha por mi parte, quiero pensar que por un error informático y nunca por mala fe por su parte.
    En definitiva y dadas las numerosas irregularidades observadas en la póliza a la cual se refiere esta reclamación, espero que me sean devueltas retroactivamente todas las primas satisfechas correspondientes a ésta póliza con sus respectivos intereses desde el mismo momento en que estos productos entraron en vigor de forma tan irregular y contraria a derecho como se demuestra en la documentación enviada por ustedes.
    Les recuerdo que AVIVA ya ha tenido pronunciamentos desfavorables y reprobatorios por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a la cual no dudaré en acudir previo asesoramiento por los profesionales de ACUSA para reclamar dicha devolución y la posible sanción que pudiera llevar aparejada.
    Sin otro particular,
    Atentamente,
    FIRMADO:
    Última edición por Bandidorl; 18/02/2014 a las 10:24 Razón: Editado para que sea más fácil leer la carta

  8. #28

    exxxxxxx
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    Cita Iniciado por Bandidorl Ver mensaje
    En definitiva y dadas las numerosas irregularidades observadas en la póliza a la cual se refiere esta reclamación, espero que me sean devueltas retroactivamente todas las primas satisfechas correspondientes a ésta póliza con sus respectivos intereses desde el mismo momento en que estos productos entraron en vigor de forma tan irregular y contraria a derecho como se demuestra en la documentación enviada por ustedes.

    Les recuerdo que AVIVA ya ha tenido pronunciamentos desfavorables y reprobatorios por parte de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a la cual no dudaré en acudir previo asesoramiento por los profesionales de ACUSA para reclamar dicha devolución y la posible sanción que pudiera llevar aparejada.
    Me parece todo bien. Respecto al párrafo que señalo: No sé si se acertará así, pero diría que si no ofrecen una medida para solucionar este asunto de un seguro no deseado y contratado en fraude de Ley y con malicia, te dirigirás al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP solicitando que informen sobre estas vulneraciones de la ley 50/1980 de cara a que procedan a iniciar la apertura de expediente sancionador por infracción leve, o incluso grave, si hay sanciones en firme correspondientes a otros requerimientos de la DGSFP a rectificar el proceder que han desestimado. NO hables de dinero así vas más de sobrado. Ya te digo que no se si saldrá mejor.

  9. #29

    exxxxxxx
    Avatar de exxxxxxx
    Mira aquí en la línea que informa la DGSFP:

    http://www.foroantiusura.org/threads...la-dgsfp/page4

  10. #30
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    Versión definitiva de la carta con los consejos de Eusebito, la cuelgo para que si a alguien le sirve por lo menos a modo de guía la pueda utilizar ya que entiendo que no son fáciles de redactar.

    Un millón de gracias a los asesores de seguros y un saludo.

    Cartagena a 17 de febrero de 2014
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    30008 MURCIA
    Sres. De Cajamurcia Vida (Cajamurcia Vida y Pensiones de Seguros y Reaseguros S.A.):

    En fecha 14 de enero de 2014 me puse en contacto con ustedes para solicitarles información relativas a todas las pólizas de seguro que pudiera tener contratadas con ustedes.
    Me fue remitida por su parte dicha información en fecha xx/xx/2014 relativa a las siguientes pólizas
    Habiendo comprobado la información recibida de ustedes y después de asesorarme con profesionales expertos en Seguros he comprobado que existen varias irregularidades con dichas pólizas:
    Con respecto a la póliza nº xxxxxxxxxxxxxxxxx
    1) La solicitud o propuesta de seguro y la póliza de seguro deben ser documentos únicos y no contenerse ambos en el mismo documento.
    2) El número de póliza debe figurar tanto en las condiciones particulares como en las generales o en su defecto estas condiciones (las generales) deberían de haber sido entregadas cosa que en ningún caso se produjo, esto supone una vulneración flagrante artículo 3 de la ley 50/1980:
    Artículo 3:
    Las condiciones generales, que en ningún caso podrán tener carácter lesivo para los asegurados, habrán de incluirse por el asegurador en la proposición de seguro si la hubiere y necesariamente en la póliza de contrato o en un documento complementario, que se suscribirá por el asegurado y al que se entregará copia del mismo. Las condiciones generales y particulares se redactarán de forma clara y precisa. Se destacarán de modo especial las cláusulas limitativas de los derechos de los asegurados, que deberán ser específicamente aceptadas por escrito.
    3) De igual forma en las supuestas condiciones generales suministradas por ustedes hace escasas fechas no aparece ningún número de póliza que las vincules con las condiciones particulares, dejándome totalmente indefenso ya que no conocía dicha información al no haberme sido facilitada por ustedes en el momento de la formalización de la póliza.
    4) De igual manera la prima de la póliza se ha venido incrementando año tras año una cantidad indeterminada y desconocida por mi ya que dicha subida debería venir pactada en las condiciones de la póliza pero no es así, dado que no aparece en las condiciones particulares y las condiciones generales nunca me fueron comunicadas.
    En caso de corresponder esta subida a una modificación del contrato, está nunca me fue comunicada ni suscrita por mí, con lo que se vulneraría el artículo 5 de la ley 50/1980
    Artículo 5:
    El contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito.
    5) En última instancia dicha póliza iba vinculada a una operación crediticia (concretamente la nº xxxxxxxxxxxxxx) que se extinguió en junio de 2013 con lo que la prima correspondiente al mes de diciembre de 2013 nunca debió haber sido satisfecha por mi parte, quiero pensar que por un error informático y nunca por mala fe por su parte.
    En definitiva y dadas las numerosas irregularidades observadas en la póliza a la cual se refiere esta reclamación, espero que tomen medidas para llegar a una solución sobre un seguro no deseado y contratado en fraude de Ley y con malicia, ya que de lo contrario me dirigiré al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitando que informen sobre estas vulneraciones de la ley 50/1980 de cara a que procedan a iniciar la apertura de expediente sancionador por infracción leve, o incluso grave, en el caso de que haya sanciones en firme correspondientes a otros requerimientos de la DGFSP a rectificar el proceder, que claramente no han sido atendidos por su parte, incurriendo en las posibles infracciones citadas.
    Sin otro particular,
    Atentamente,
    JAVIER ESPADIÑA SOLANO
    PROLONGACION DE ANGEL BRUNA, PORTAL 3B, PISO 3º F
    CARTAGENA
    N º DNI: 23011696N FIRMADO:

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