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Tema: imputacion pagos

  1. #11
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    Avatar de ERCI
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    Cita Iniciado por ANAMA Ver mensaje
    Si..eso llevo tiempo haciendolo..era saber si podia hacer la imputación de pagos sin tener en mi localidad la sucursal...
    No, tiene que ser en tu sucursal, cuanto lo siento que este tan lejos

  2. #12
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    Avatar de ANAMA
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    Que injusto..Gracias!

  3. #13
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    Avatar de meinfraue
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    Buenas tardes, Risto.

    Sé que indicas que ha de hacerse en mi sucursal, también me queda lejos, pero si en la carta/modelo que has transcrito se indica que se hace la imputación en la sucursal XX y será enviado a la YY (que es la mía en otra provincia) a través de fax, para que ambas tengan pleno conocimiento de dicha solicitud. ¿Será admitido? Tengo una deuda de mi tarjeta Visa que se generará el 1 de Mayo, el siguiente día laboral es lunes 4, y no quiero que me penalicen con los 30 € de rigor. El Banco de España dice que si me ponen pegas, que les llame, porque, aunque el Código Civil dice que lo absorberá la deuda más onerosa, pero en el contrato de la tarjeta no viene ninguna cláusula que lo ratifique. ¿Qué opinas?

  4. #14
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    Avatar de Risto
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    El problema es que si vuelves a llamar quizas se pone otra persona que te dice justo lo contrario, si consiguieras eso por escrito quizas pudiera valer pero yo de palabra no me fio ni de mi mismo, no se que diran los compis.
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  5. #15
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    Avatar de Amazona22
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    Que la imputacion de pagos tiene unos tramites muy rigurosos,se ha de hacer en la misma oficina y eso si te la aceptan.
    Fijate si la haces desde otra o por correo.
    Arrieritos somos.
    Y en el camino nos encontraremos.

  6. #16
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    Avatar de meinfraue
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    ¡Buenos días!

    Gracias a Risto y Wilfra por vuestras respuestas. Se me está ocurriendo una alternativa, quiero saber qué pensáis: Todo este problema se ha generado, ya que estoy tramitando la dación de mi casa y es la única cuenta corriente abierta en La Caixa, se me ocurre...,¿ si hablo con algún director/a de una sucursal aquí, me abro una nueva cuenta, y solicito que la deuda de la Visa me la carguen a la nueva??? Porque, hace varios días, llamé a la subdirectora de mi sucursal (en Madrid, yo vivo en Málaga), y le dije que, por favor, me retuviera el recibo que ya sabía que se generaba de forma automática, etc... Ella me dijo que debía ser el día uno, que de un mes a otro se ignora la cuantía del nuevo recibo (MENTIRA), ya que desde un mes a otro a través de internet se genera de forma automática...Sé a cuanto asciende, y religiosamente, voy cada día 1 a abonarlo a ventanilla para que no me genere ninguna penalización. ¿Sería posible?...Gracias con antelación. Un saludo.

  7. #17
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    Avatar de Risto
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    Se ha demostrado que todo lo que no sea comunicacion fehaciente acostumbra a no servir para nada ¿quizas a ti te sirva? si, pero garantias tienes 0
    Caer esta permitido, levantarse es obligatorio.

    No preguntes cuantos son, sino donde estan.

  8. #18
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    Avatar de meinfraue
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    Cita Iniciado por Wilfra22 Ver mensaje
    Que la imputacion de pagos tiene unos tramites muy rigurosos,se ha de hacer en la misma oficina y eso si te la aceptan.
    Fijate si la haces desde otra o por correo.
    Perdona, si intento abonar en ventanilla con el modelo de Risto, y hago envío a mi sucursal por burofax, ¿crees que no me lo aceptarán???

  9. #19
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    Avatar de meinfraue
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    ¿Qué os parece este texto?


    Quiero tener un buen hacer y no generar más intereses, ni morosidad en dicha tarjeta, y deseo saldar mi deuda.

    Sirva la presente para notificar y dejar constancia de mi deseo de acogerme a los artículos de la Imputación legal del pago del Código Civil:
    En el evento que el deudor como tampoco el acreedor, procedan a efectuar la imputación del pago, pero con carácter impositivo, el Artículo 1655 del Código Civil, dispone que se hará de la siguiente manera:
    “…Si ninguna de las partes ha imputado el pago, se preferirá la deuda que al tiempo del pago estaba devengada a la que no lo estaba; y no habiendo diferencia bajo este respecto, la deuda que el deudor eligiere…”
    , esto es, el pago se aplicará aunque forzadamente, bajo la misma indicación del Artículo 1653, prefiriendo a las obligaciones vencidas sobre las aun no exigibles, pero, de estar todas vencidas, o de no estarlo ninguna, nuevamente regresa al deudor, la potestad de elegir a su conveniencia la imputación.
    Artículo 1172 del Código Civil: “El que tuviere varias deudas de una misma especie en favor de un solo acreedor, podrá declarar, al tiempo de hacer el pago, a cuál de ellas debe aplicarse. Si aceptare del acreedor un recibo en que se hiciese la aplicación del pago, no podrá reclamar contra ésta, a menos que hubiera mediado causa que invalide el contrato.”
    Por ello, ruego que el ingreso por valor de ___XX___euros, que realizo en caja en fecha arriba relacionada, sea destinado única y exclusivamente y por este orden, al pago del 01/05/2015 :
    Intereses de demora, intereses ordinarios y amortización de capital, de la Tarjeta Visa Classic: Nº _4548 0384 3831 5013__, que mantengo con esta entidad.
    Este escrito será enviado a la sucursal JJJJJJ de (Av. De los Jazmines, s/n, 29660 de Málaga) y a la sucursal HHH16 (C/Alcántara, 42, de Madrid 28006) para que ambas tengan pleno conocimiento de dicha solicitud.
    Y para que conste a los efectos oportunos, firmo el presente escrito de imputación de pagos.

    FIRMA Y SELLO DE LA ENTIDAD NOMBRE Y APELLIDOS DIRECCIÓN DNI

  10. #20
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    Intentalo si quieres, pero es casi seguro que no te lo aceptarán......

    No son tontos y saben que no tienen ninguna obligación de aceptar la imputación en una oficina distinta a la que deseas ejercer la imputación.

    Yo si fuera director de esa oficina, tampoco la aceptaría.
    Si tu problema tiene solución, porqué te preocupas...?
    Si tu problema no tiene solución, porqué te preocupas...?


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