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A ver, ellos han cometido el error de no poner " que si la cuantía es inferior a 2000€....bla,bla, bla...." hasta ahí, de acuerdo, porque en la mayoría de las demandas que he visto lo pone.
Pero no pasa nada, también te están diciendo, debe acudir con abogado y procurador, según los artículos 23 y 31 de la Lec
Y que dicen esos artículos??
Artículo 23 Intervención de procurador
1. La comparecencia en juicio será por medio de procurador, que habrá de ser Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario de Grado equivalente, habilitado para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del juicio.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán los litigantes comparecer por sí mismos:
- 1.º En los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y para la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley.
Artículo 31 Intervención de abogado
1. Los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado.
2. Exceptúanse solamente:
- 1.º Los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y la petición inicial de los procedimientos monitorios conforme a lo previsto en esta Ley.
Yo no me molestaría en ir, vas ha hacer viaje en valde, te va a contestar que ya te lo estan diciendo en la demanda, que te leas los artículos y buen viaje.
A VECES TIENES QUE LEVANTARTE TU MISMO Y CONTINUAR ........
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Agradecimientos - 2 Me gusta
Once,
qweqwe indicó/indicaron que le/s gusta esto.
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Celes
A ver, ellos han cometido el error de no poner " que si la cuantía es inferior a 2000€....bla,bla, bla...." hasta ahí, de acuerdo, porque en la mayoría de las demandas que he visto lo pone.
Pero no pasa nada, también te están diciendo, debe acudir con abogado y procurador, según los artículos 23 y 31 de la Lec
Y que dicen esos artículos??
Artículo 23 Intervención de procurador
1. La comparecencia en juicio será por medio de procurador, que habrá de ser Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho u otro título universitario de Grado equivalente, habilitado para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del juicio.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, podrán los litigantes comparecer por sí mismos:
- 1.º En los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y para la petición inicial de los procedimientos monitorios, conforme a lo previsto en esta Ley.
Artículo 31 Intervención de abogado
1. Los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No podrá proveerse a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado.
2. Exceptúanse solamente:
- 1.º Los juicios verbales cuya determinación se haya efectuado por razón de la cuantía y ésta no exceda de 2.000 euros, y la petición inicial de los procedimientos monitorios conforme a lo previsto en esta Ley.
Yo no me molestaría en ir, vas ha hacer viaje en valde, te va a contestar que ya te lo estan diciendo en la demanda, que te leas los artículos y buen viaje.
Muchas gracias, Celes.
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Sigo pensando que yo iria , ya que es gratis , y salgo de la duda de si es un malentendido , ya que al principio de la demanada si supera los 2 mil euros. Puede ser confusion.
Pero alla cada cual
Se hace el camino al caminar.
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Después de examinar mejor los documentos que has subido, igual me equivoco, pero yo creo que te demandan por mas de 2000€
Yo en ningún documento del juzgado veo la cifra de 1999, en cambio bien claro lo pone demanda de 2000 y pico de euros..
Solo veo la cifra de 1999 en papeles aportados por la otra parte, pero en la demanda del juzgado, mas de 2000€
A ver que nos dicen los asesores....
A VECES TIENES QUE LEVANTARTE TU MISMO Y CONTINUAR ........
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Dudas con verbal con limite24

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Celes
Después de examinar mejor los documentos que has subido, igual me equivoco, pero yo creo que te demandan por mas de 2000€
Yo en ningún documento del juzgado veo la cifra de 1999, en cambio bien claro lo pone demanda de 2000 y pico de euros..
Solo veo la cifra de 1999 en papeles aportados por la otra parte, pero en la demanda del juzgado, mas de 2000€
A ver que nos dicen los asesores....
No Celes, es por 1999 Euros.......
ASOCIATE A ACUSA , PARA PODER SEGUIR AYUDANDO A PERSONAS CON TUS MISMOS PROBLEMAS.
"Nunca se sabe lo que se es ser fuerte, hasta que ser fuerte es la única opción".
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Gofi
No Celes, es por 1999 Euros.......
Andare mal de la vista entonces.....
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Dudas con verbal con limite24

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Celes
Andare mal de la vista entonces.....
Fíjate aquí, no lo puedo Destacar porque estoy desde el Móvil.
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Yo veo demanda de 2500 pavos. Ellos piden 1999, pero como en los certificados de deuda pone 2500, quizás haya habido confusion en el juzgado o limite 24 no se haya explicado bien.Yo me acercaría a preguntar, si.
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Eso ya lo he visto Gofi.....ya he dicho que la cifra de 1999 solo la veo en documentos de ellos, pero en la demanda por parte del juzgado, pasa de 2000........
A VECES TIENES QUE LEVANTARTE TU MISMO Y CONTINUAR ........
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Dudas con verbal con limite24

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Celes
Eso ya lo he visto Gofi.....ya he dicho que la cifra de 1999 solo la veo en documentos de ellos, pero en la demanda por parte del juzgado, pasa de 2000........
Si, hay un error.... el Juzgado debe poner lo que solicita el Demandante.
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