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Tema: Embargo de nómina sin notificar por juzgado

  1. #1
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    Avatar de Lachicadeayer
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    Embargo de nómina sin notificar por juzgado

    Buenos días, estoy buscando algún hilo que me ayude pero no lo encuentro… quizás es que ya con el mosqueo ni veo. Ayer cobré la nómina con una retención judicial… la cual no se me ha notificado ni por el juzgado ni por la empresa.
    Tengo una sentencia desde últimos de julio que se me condena a pagar 1000€ de un préstamo… hasta ahí vale, pero no me pone ni cuantos días tenía para hacer ingreso ni cuenta bancaria ni nada en absoluto… total que yo lo dejé pasar, pero que me
    Venga ya? Sin carta? Y directamente en la nómina de octubre? Esto es posible? Hoy llamaré al juzgado o iré allí (si puedo salir del trabajo) y a la empresa ya les dije … a ver cuando me responden… en fin otra sorpresa más. Saludos!

  2. #2
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    Avatar de Dani66
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    Hombre, ya te han sentenciado a pagarlo. Pero como tu mismo dices lo has dejado pasar, si fuese dinero que tuvieses que cobrar a que no lo hubieses dejado pasar? Pues pasa igual con quien lo quiere cobrar.

    Son 20 días laborales para hacer el pago desde que recibes la sentencia, si ha sido a finales de julio pues ya se ha cumplido la fecha y la parte contraria habrá entrado con la ejecución del embargo(para recibir nadie pierde tiempo).

    En alguna parte del monitorio, generalmente después del primer control se disponibiliza una cuenta bancaria, que suele ser la del juzgado.

    Y no me lleves a mal, puedes tener tus motivos, pero si te tuviese interesado pagar, lo buscarías mejor, llamarías al juzgado etc
    Aun que no tengamos los medios de hacer frente al pago en el momento, un esfuerzo por entender a qué nos han sentenciado y en qué condiciones es lo minimo ... Nos ahorramos sorpresas que no deberían ser tan sorpresas

  3. #3
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    Avatar de Dana71
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    Estoy de acuerdo con Dani66, si era en julio han solicitado la ejecución de titulos judiciales seguro, sobre el tema de la notificación del embargo, en mi caso primero le llegó a la empresa la notificación y posteriormente me llegó a mi, así que supongo que eso mismo te habrá pasado a ti.

  4. #4
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    Avatar de Expulsado astronauta
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    Primero las sentencias son de obligado cumplimiento. Tienes 20 días hábiles para pagar desde el día siguiente a la notificación de la sentencia. La cuenta bancaria está en la primera notificación que te hicieron, si no preguntas en el juzgado.
    Segundo los embargos se notifican cuando ya han dado la orden de embargo, si no no tendría ningún sentido.

    Tienes toda la información en este foro. El quedarse con los brazos cruzados con temas judiciales no es buena idea.

  5. #5
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    Avatar de gandalfelblanco
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    Haciendo sentencia firme, no esperes otra cosa. Ten cuidado con los saldos de cuentas corrientes a tu nombre porque pueden ir a por ellos en cualquier momento y dejarte a 0, y evidentemente no te van a avisar, ya te estoy advirtiendo yo que lo hacen
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  6. #6
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    Acabo de hablar con el juzgado, soy de Cataluña y quizás funciona de otra manera aquí, primero te envían la sentencia y después en otra carta te dan el plazo para pagar y donde.. cosa que aún no me ha llegado, porque si, quiero pagarlo y olvidarme de todo esto. Como bien dices a todos nos gusta cobrar y corremos… desde el juzgado me dicen que aún no me han enviado nada porque está en proceso… y que no se han puesto con ello… Asique no es por el juzgado, ni hacienda ni multas … estoy a la espera que la empresa me diga de donde sale. Gracias por la ayuda! Solo pregunté si era lo normal que fueran tan rápido por la nómina y sin avisar. Saludos!

  7. Me gusta ERCI indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  8. #7
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    La empresa debería informarte quién solicito ese embargo, pregunta también al banco a ver si ellos han retenido por algo.

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