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protocolo actuación de hacienda en caso de embargo
Buenas tardes comp@ñeros,haber si alguien me puede echar una mano con esta duda que tengo.
Hace dos meses me llegaron los papeles de las costas del procurador por la finalización del embargo, después de esto viene un plazo de 10 para impugnar las costas en caso de algún cobro indebido, y sino hay impugnación pues se continua con el embargo en mi caso en la cuenta del juzgado hay dinero para pagar todas las costas y aun sigue quedando un pico que me tendrían que devolver.
Mi duda es la siguiente, este año me tiene que devolver la agencia tributaria unos 2000 euros, los años anteriores me la retenían por orden del acreedor pero este año ya no deberían, desde hacienda se toman la molestia de averiguar si la persona continua con la deuda o la retienen sin preguntar al juzgado, ya se que siempre puedo ir a reclamar pero ahora con las huelgas que hay de justicia no se cuanto tardaran.
Gracias
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Creo que el embargo de la devolución lo tienen que solicitar cada año via mejora de embargo.
Por otro lado, si te los retienen, te los devolverán al finalizar el embargo.
No creo que Hacienda se ponga a preguntar nada al Juzgado a mutuo propio, ya esta ocupada con sus cosas.
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El sistema que embarga las devoluciones pendientes de Hacienda y hace los barridos de cuentas es el mismo.
La diferencia es que tú das de alta un embargo de Hacienda y se queda "colgando" hasta que Hacienda responde si hay o no hay para devolver. El sistema está diseñado para que no haga falts reenviar ese embargo, y se ejecuta automáticamente todos los años hasta que termina la deuda. Por supuesto, a Hacienda se le notifica el total de la deuda.
Cuando tú ya has terminado de pagar, se da baja esa orden de embargo, de tsl manera que ya no les salta en Hacienda y no te embargam.
Ahora bien, puede que el Juzgado no actúe con suficiente rapidez, en cuyo caso Hacienda te embargará y le mandará el dinero al Juzgado.
Allí el LAJ verá un ingreso, comprobará que ya de habian levantado los embargos, y librará un Mandamiento de Devolución que te harán llegar. En ese caso, tendrás que ir cin el Mandamiento al Santander, como si fuera uj cheque, y allí te darán el dinero.
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Exfuncionario
El sistema que embarga las devoluciones pendientes de Hacienda y hace los barridos de cuentas es el mismo.
La diferencia es que tú das de alta un embargo de Hacienda y se queda "colgando" hasta que Hacienda responde si hay o no hay para devolver. El sistema está diseñado para que no haga falts reenviar ese embargo, y se ejecuta automáticamente todos los años hasta que termina la deuda. Por supuesto, a Hacienda se le notifica el total de la deuda.
Cuando tú ya has terminado de pagar, se da baja esa orden de embargo, de tsl manera que ya no les salta en Hacienda y no te embargam.
Ahora bien, puede que el Juzgado no actúe con suficiente rapidez, en cuyo caso Hacienda te embargará y le mandará el dinero al Juzgado.
Allí el LAJ verá un ingreso, comprobará que ya de habian levantado los embargos, y librará un Mandamiento de Devolución que te harán llegar. En ese caso, tendrás que ir cin el Mandamiento al Santander, como si fuera uj cheque, y allí te darán el dinero.
entonces lo llevo claro para cobrar la devolucion este año,pensaba que lo tenian que ir solicitando todos los años
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Iniciado por
Exfuncionario
El sistema que embarga las devoluciones pendientes de Hacienda y hace los barridos de cuentas es el mismo.
La diferencia es que tú das de alta un embargo de Hacienda y se queda "colgando" hasta que Hacienda responde si hay o no hay para devolver. El sistema está diseñado para que no haga falts reenviar ese embargo, y se ejecuta automáticamente todos los años hasta que termina la deuda. Por supuesto, a Hacienda se le notifica el total de la deuda.
Cuando tú ya has terminado de pagar, se da baja esa orden de embargo, de tsl manera que ya no les salta en Hacienda y no te embargam.
Ahora bien, puede que el Juzgado no actúe con suficiente rapidez, en cuyo caso Hacienda te embargará y le mandará el dinero al Juzgado.
Allí el LAJ verá un ingreso, comprobará que ya de habian levantado los embargos, y librará un Mandamiento de Devolución que te harán llegar. En ese caso, tendrás que ir cin el Mandamiento al Santander, como si fuera uj cheque, y allí te darán el dinero.
Yo pensaba que el embargo de la devolución de la renta lo tenían que pedir cada año como mejora de embargo como los barridos pero por lo que se ve no es así y queda fijado hasta que se termine el embargo.
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Una preguntita y el juzgado va informando a Hacienda cuanto hay pendiente cada año por pagar?
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protocolo actuación de hacienda en caso de embargo

Iniciado por
carolina5
Una preguntita y el juzgado va informando a Hacienda cuanto hay pendiente cada año por pagar?
No, no suele hacerlo.
Un saludo.
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Iniciado por
JL77
Yo pensaba que el embargo de la devolución de la renta lo tenían que pedir cada año como mejora de embargo como los barridos pero por lo que se ve no es así
PUES SI, DEBEN SOLICITAR CADA AÑO EL EMBARGO DE LA DEVOLUCIÓN DE HACIENDA.
y queda fijado hasta que se termine el embargo.
SOLAMENTE LAS DEUDAS CON HACIENDA SON LAS QUE NO PARA EL EMBARGO HASTA COMPLETAR LA DEUDA.
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Los embargos de hacienda.tienen un software que hasta que no cubres la deuda.no.te levantan el embargo.
Eso se hace una sola vez hasta que finalice el pago que adeudas.