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Tema: Duda sobre comisiones

  1. #1
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    Duda sobre comisiones

    Una vez que he leido miles de post y pensando que lo tenía bastante claro me surge esta duda.
    Esta claro que las comisiones por aviso de deuda vencida son reclamables, pero... y las comisiones por descubierto tal cual? Ese 4.5 sobre el mayor descubierto y tal, tambien?

    Leí esto y pensé que no:
    (...)Estas comisiones de aviso de deuda vencida no corresponden a un servicio prestado ni a una compensación hacia el usurero por el incumplimiento del cliente deudor pues para ello están estipulados unos intereses y una comisión de descubierto o deuda vencida;


    Pero luego leí esto y ya no lo tengo claro:

    (...)En palabras de un representante de este organismo, "es una práctica usuraria y abusiva y existen 4 pronunciamientos (Aud. Prov. de Alicante, Salamanca, Huesca y Bizkaia) que muestran que aplicar la comisión de ingreso por demora es injusto, ya que es suficiente con los altísimo interés por descubierto que se cobra (pudiendo alcanzar el 29% T.A.E.).
    La comisión por descubierto es nula porque no obedece a ningún servicio prestado".
    Última edición por OTROMAS; 11/08/2012 a las 17:50

  2. #2
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    Añado esto que he sacado de la circular 8/1990 del BdE, y dice:

    . Las comisiones y gastos repercutidos deben responder a servicios efectivamente prestados o gastos habidos. En ningún caso podrán cargarse comisiones o gastos por servicios no aceptados o solicitados en firme por el cliente.

    Consecuentemente, no podrán exigirse comisiones de apertura o similares en los descubiertos en cuenta corriente por valoración, o reiterarse su aplicación en otros descubiertos no pactados que se produzcan antes de la siguiente liquidación de la cuenta.

    No me queda claro, no entiendo muy bien el segundo párrafo.

    Y aún así sigo teniendo dudas de que las comisiones por descubierto, que no las de "aviso de descubierto" son o no legales o reclamables.

    Me ilumina alguien please?

  3. #3
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    No se si es que no sabe alguien contestarme o por el contrario ya está contestado y he de mirar en algún otro hilo.

    Si pudierais decirme...
    Gracias

  4. #4

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    anda echate un vistazo a este hilo, y a ver si leemos más please... un saludo!

    http://www.foroantiusura.org/threads...lamar%E2%80%A6

  5. #5
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    Bue Judith, si será por leer, que al final voy a conseguir que me devuelvan las comisiones y un divorcio, me paso todo el dia pegada al foro.

    De este enlace que me dejas saco lo que he puesto en el primer post, si lo he leido, pero yo creo que cuanto mas leo mas me lio.
    De ahi me ha surgido la duda de las comisiones por descubierto, al poner que las comisiones de aviso de deuda no corresponden porque para eso estan los intereses y las comisiones. (y estas comisiones son las que yo estoy yo incluyendo en mi reclamación).

    No se, que opinas?

  6. #6

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    son dos cosas distintas unas son las comisiones de aviso de descubierto que son las que te cobran cuando la cuenta se queda en descubierto, son reclamables siempre y cuando no hayas dado tu consentimiento para que te dejen la cuenta en descubierto, si lo has hecho en algún momento no son reclamables, las otras comisiones son las de deuda vencida que son las que te cobran cuando te retrasas con el pago de las cuotas de tarjeta o préstamos, también son reclamables puesto que no estan haciendo ninguna gestión fehaciente para el cobro de esas comisiones, por lo tanto son legales porque vienen reflejadas en el contrato pero improcedentes por eso las estamos reclamando... un saludo!

  7. #7
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    Es que las mias no son ni unas ni otras.
    Las mias son las que vienen en la liquidación de la cuenta mensual. Solo pone "Comisión descubierto", y no es una cuota fija, sino que es un porcentaje sobre el mayor descubierto del mes, normalmente un 4,5%.
    Bueno aparte algunas veces tambien me cobraban ademas las de aviso de deuda de 30,05€.
    Por eso me lio, vosotros hablais siempre de las de aviso pero no de las de las que te hablo yo.
    Creo que si son reclamables y las voy a poner en mi reclamación, al fin y al cabo tampoco son comisiones por algún servicio solicitado, o no?
    Cuando tenga la cuenta total lo pongo, vais a flipar, bueno, van a flipar ellos.

  8. #8

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    ya te contestaron en este otro hilo, así que no entiendo por que lo sigues preguntando... un saludo!

    http://www.foroantiusura.org/threads...la-liquidacion

  9. #9
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    La comisión por reclamación de descubierto, es reclamable

    Tienes toda la razón Judith. Pero como al contestarme "por reclamación" me lié, ya que como te digo en la mia no es por reclamación, es por mayor descubierto, pues empecé a leer y cada vez me liaba mas, por eso abrí el hilo con los dos conceptos que habia leido y haber si alguien me lo desmembraba.
    Siento ser pesada, pero cuando le quieres reclamar al banco mas de 9.000€ no quieres meter la pata, que estoy segura de que se defenderán con uñas y dientes.
    En cualquier caso no quiero que pienses que abro un hilo para recabar otras opiniones, ni mucho menos. Os agradezco a todos la información mas que veraz que dais, pero ya te digo todavia tenemos mucho respecto a esta gente y a veces al intentar asegurarte te pones pesada.
    Gracias Judith.

  10. #10

    jxxxxxxx
    Avatar de jxxxxxxx
    tranquila no pasa nada, es lo que intentan ellos liarnos a mas no poder, mi consejo de siempre es que leais mucho, aunque parezca una tontería no lo es sobre todo cuando estamos hablando de una cantidad importante, vale la pena perder algo de tiempo en documentarse bien y dar los pasos correctos porque sino podemos dar al traste con las reclamaciones, ya sabes que por aquí nos tienes si nos necesitas... un saludo!

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