Buenas a tod@s, y gracias de antemano por leerme.
El caso es que me ha llegado una carta de Wizink contándome que han cedido (vendido) mi deuda a otra empresa, supongo que buitre de recobros, y que esta última es ahora la total responsable de la gestión de la misma.
Tenía entendido que en el caso de que vendan tu deuda tienes derecho a saldarla por el precio que ha pagado la empresa que la compra, en caso de que te la reclamen, la deuda asciende por intereses y demás mierdas que me han metido a 2.758,60 euros.
Lo que más me ha llamado la atención es este párrafo: "De forma complementaria, le informamos de que su crédito se cedió junto con otros de características similares que forman parte de la misma cartera, cuyo acreedor es WiZink. Dado que la operación consiste en la transmisión de una cartera de créditos en bloque, el precio de la operación es fijo, conjunto, global y único, sin que sea posible realizar una individualización de dicho precio."
¿Esto es legal? Porque atenta directamente contra ese supuesto derecho que tengo de exigir pagar lo que pagaron ellos por dicha deuda.
¿Alguien me puede aclarar un poco el tema y medidas a proceder? Se lo agradecería muchísimo.
Un saludo y felices reyes.