Foro Antirusura - Desarrolado por vBulletin
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Tema: LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

  1. #31
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    Cita Iniciado por Spyro Ver mensaje
    Hola, no sé si puedo dejar esa información por aquí o es spam, si algún moderador puede aclararme esa duda te doy la información que necesites.
    He leído esto en las normas del foro:

    "- Los usuarios deben publicar al menos treinta (30) mensajes y tener un registro mayor a treinta (30) días para tener la capacidad de incluir cualquier enlace (link o URL) o dirección de correo electrónico en el cuerpo de sus mensajes o en sus firmas de usuario y para poder usar el sistema de mensajes privados."

    Creo que lo cumplo y creo no equivocarme. En caso contrario, por favor avisadme!

    Este es mi correo electrónico: ELIMINADO POR ADMINISTRADOR(sin espacios)

    Si puedes enviarme ahí tu experiencia te lo agradecería!!

    Saludos!
    Última edición por IQ; 15/06/2022 a las 08:39 Razón: ELIMINAR CORREO ELECTRONICO

  2. #32
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    Avatar de peromato
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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    No hay opcion de privados.

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    Vaya, así no encontraba la opción!

    Pues entonces las normas no están actualizadas e inducen a error, espero que el mensaje que acabo de enviar con un correo-e no esté también desactualizado en las normas...

    Si pudieseis actualizar las normas, sería de gran ayuda!

    Un saludo!

  3. #33
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    Avatar de Exkemao
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    Tasmania, Mucho lejos.
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    Cita Iniciado por peromato Ver mensaje
    Vaya, así no encontraba la opción!

    Pues entonces las normas no están actualizadas e inducen a error, espero que el mensaje que acabo de enviar con un correo-e no esté también desactualizado en las normas...

    Si pudieseis actualizar las normas, sería de gran ayuda!

    Un saludo!
    No se pueden publicar correos electrónicos.
    COMUNICADO PARA LOS QUE SE DEN DE ALTA EN ACUSA: https://www.foroantiusura.org/thread...00#post1160600
    Enlaces útiles e importantes dentro del foro: https://www.foroantiusura.org/thread...entro-del-foro
    Aviso importante. Queda eliminado el foro de presentaciones.
    Te explicamos los motivos de ésta decisión. https://www.foroantiusura.org/thread...PRESENTACIONES

  4. #34
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    Gracias por tu consejo de actualizar las normas, que ya se está trabajando en ello, pero también es de lógica y seguridad, no publicar alegremente ciertos datos, no crees?.
    Luchemos por lo nuestro!!!!
    Asociarte es, ayudar a quien te puede ayudar

    La esclavitud no ha sido abolida,sólo se puso en nómina

  5. #35
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    Si es por el foro y por sus normas, punto. Pero si es por mi seguridad ese dato en modo alguno es sensible para mi seguridad. Es que al haber capado la posibilidad de los mensajes privados hacéis muy complicado conseguir una información que me resulta mucho más importante ahora mismo que la seguridad de una cuenta de correo absolutamente borrable. Un Saludo

  6. Me gusta Elperegrino indicó/indicaron que le/s gusta esto.
  7. #36
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    Avatar de peromato
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    Cita Iniciado por Spyro Ver mensaje
    Hola, no sé si puedo dejar esa información por aquí o es spam, si algún moderador puede aclararme esa duda te doy la información que necesites.
    Hola, qué me puedes contar que no vulnere las normas? Contrataste abogado en tu ciudad o por internet? Qué tal es la relación con ellos? Presencial o telefónica? Se lo que piensan otros foreros de esta ley pero es que su forma de proceder no puedo llevarla a cabo puesto que sólo una de las deudas podría ser susceptible de reclamación y con alta probabilidad de fracaso, por lo que ya he mirado.. Así que, como en vuestro caso, creo que esta LSO sería la mejor salida. Gracias de antemano!

  8. #37
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    Avatar de CAPITAN GUADAÑAS
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    Por la serranía del foro de ACUSA
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    LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

    Cita Iniciado por peromato Ver mensaje
    Si es por el foro y por sus normas, punto. Pero si es por mi seguridad ese dato en modo alguno es sensible para mi seguridad. Es que al haber capado la posibilidad de los mensajes privados hacéis muy complicado conseguir una información que me resulta mucho más importante ahora mismo que la seguridad de una cuenta de correo absolutamente borrable. Un Saludo
    [B]Ya pero es lo que hay,una decisión durá para muchos, pero muy acertada para otros muchos más.

    Un saludo.

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    Vive y se feliz

  9. #38
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    LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

    Cita Iniciado por peromato Ver mensaje
    Hola, qué me puedes contar que no vulnere las normas? Contrataste abogado en tu ciudad o por internet? Qué tal es la relación con ellos? Presencial o telefónica? Se lo que piensan otros foreros de esta ley pero es que su forma de proceder no puedo llevarla a cabo puesto que sólo una de las deudas podría ser susceptible de reclamación y con alta probabilidad de fracaso, por lo que ya he mirado.. Así que, como en vuestro caso, creo que esta LSO sería la mejor salida. Gracias de antemano!
    Si crees que con la LSO las deudas que como dices"con pocas posibilidades de prosperar" van a perdonartelas, te equivocas... Lo que debes lo vas a pagar con tus bienes presentes y futuros y si no tienes bienes, la deuda la pagas sí o sí.... Exhonerar de pagar una deuda no significa perdonartela..... Significa que pagaran a tus acreedores con tus bienes, casa, coche o cualquier bien a tu favor, y si no llega, lo pagaras mes a mes a plazos quitandotelo de tus ingresos y tu no podras durante un tiempo manejar esos ingresos.. Lo hará una persona que te dará lo justo para cubrir tus necesidades basicas.

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  10. #39
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    Cita Iniciado por MARIBELICA Ver mensaje
    Si crees que con la LSO las deudas que como dices"con pocas posibilidades de prosperar" van a perdonartelas, te equivocas... Lo que debes lo vas a pagar con tus bienes presentes y futuros y si no tienes bienes, la deuda la pagas sí o sí.... Exhonerar de pagar una deuda no significa perdonartela..... Significa que pagaran a tus acreedores con tus bienes, casa, coche o cualquier bien a tu favor, y si no llega, lo pagaras mes a mes a plazos quitandotelo de tus ingresos y tu no podras durante un tiempo manejar esos ingresos.. Lo hará una persona que te dará lo justo para cubrir tus necesidades basicas.

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    Lo siento pero ahí estás equivocada, hay casos y casos, todo depende de lo que tengas, ahora porque estoy en el trabajo y no puedo prestar mucho tiempo, pero a mi mujer le perdonaron 50.000 euros y si en 5 años su situación cambia y tiene más ingresos si que pueden los acreedores recurrir la sentencia, pero ahora mismo ya está fuera de todos los ficheros de morosos con la sentencia firme de que está todo saldado, una vez tienes el bepi el administrador concursal sale te tú cuenta y tienes disponible el 100% de tu cuenta y tú dinero como si no hubiera pasado nada. Y mientras está en administrador concursal te deja pagar los gastos que tienes y no te retiene en ningún momento dinero de la cuenta, al menos lo que yo he podido vivir con mi mujer, solo los problemas del bizum y el alquiler que era cada mes avisar al concursal para que dejara hacer el ingreso.
    Pero eso de que tienes la deuda para siempre no es cierto, ni que la estes pagando mes a mes porque como he dicho mi mujer ya ni paga nada, ni le reclaman nada, ni sale que tiene ningún tipo de deuda.

  11. #40
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    LEY DE LA SEGUNDA OPORTUNIDAD

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    Lo siento pero ahí estás equivocada, hay casos y casos, todo depende de lo que tengas, ahora porque estoy en el trabajo y no puedo prestar mucho tiempo, pero a mi mujer le perdonaron 50.000 euros y si en 5 años su situación cambia y tiene más ingresos si que pueden los acreedores recurrir la sentencia, pero ahora mismo ya está fuera de todos los ficheros de morosos con la sentencia firme de que está todo saldado, una vez tienes el bepi el administrador concursal sale te tú cuenta y tienes disponible el 100% de tu cuenta y tú dinero como si no hubiera pasado nada. Y mientras está en administrador concursal te deja pagar los gastos que tienes y no te retiene en ningún momento dinero de la cuenta, al menos lo que yo he podido vivir con mi mujer, solo los problemas del bizum y el alquiler que era cada mes avisar al concursal para que dejara hacer el ingreso.
    Pero eso de que tienes la deuda para siempre no es cierto, ni que la estes pagando mes a mes porque como he dicho mi mujer ya ni paga nada, ni le reclaman nada, ni sale que tiene ningún tipo de deuda.
    Si le perdonaron 50.000€ es por que no los debía... Por que esas deudas estarian hinfladas a usura y clausulas abusivas.... Y tambien incurres en error si piensas que a todo el mundo le sale lo mismo... Depende de cada persona en particular, de sus ingresos, de sus bienes, de sus deudas y del tipo que sean...

    Si tu mujer no paga nada, hay muchos que si les queda por pagar.... Te repito, mucho cuidado con dar a entender que a todos les pasa lo mismo y con todos va igual la LSO, que no.

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    Última edición por MARIBELICA; 15/06/2022 a las 18:35
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