Buenas:
Os cuento mi caso. Hace unas semanas recibí en casa el requirimiento de pago procedente del juzgado correspondiente a un proceso monitorio que LC Asset interpuso contra mi el 20/12/2023. En dicha demanda indican que el saldo deudor es de casi 3200 euros pero que sólo me reclaman el pago de 2800 euros, puesto que renuncian a una serie de conceptos (comisión de formalización, gastos causados por el impago y comisiones de devolución). Esos importes se corresponden con una tarjeta de crédito de Evo, cuyas cuotas dejé de pagar a finales del año 2018, deuda que LC Asset compró en junio del 2019.
La cuestión es que desde entonces he estado dándole muchas vueltas sin saber muy bien que hacer y el plazo de los 20 días hábiles para pagar u oponerme termina el próximo lunes. No sé si podría alegar que la deuda ha prescrito (creo que esto es algo que ocurre a los cinco años), pero me he fijado que en la demanda afirman que yo realicé un pago de 60 euros con posterioridad a la cesión. Me extraña mucho que realizara ese pago y en la demanda no incluyen prueba ninguna de que este pago se haya producido. Se me ocurre que quizás sea algo que se inventan (o incluso un pago que se hacen a si mismos) para que la deuda no prescriba nunca pero claro, son suposiciones que hago desde el más profundo desconocimiento.
Por otro lado, he visto que en la demanda figura un cuadro de amortización de cuotas impagadas en el que, por alguna razón, no aparecen las cuatro primeras (la primera que sale en la tabla tiene el número 5 y es de octubre del 2018). No sé si esto es significativo o no.
Por último, comentar que, con posterioridad a contraer esta deuda, solicité que se me pusiera judicialmente una curatela (estas deudas vinieron de un problema de adicción que tuve en su momento) y actualmente dicha curatela sigue vigente (la curadora es mi mujer). No sé si esto es relevante de cara al monitorio o no.
Con todo, me acabo de hacer socio de la asociación, pero sigo sin saber muy bien qué hacer. No sé si tiene sentido plantearme el oponerme al monitorio (tendría que buscar abogado y hay muy poco tiempo), si lo mejor es llegar a algún tipo de acuerdo con LC Asset o si, por contra, debo resignarme al embargo de la nómina (otra cosa no hay para embargar).
En fin, gracias por todo y siento el tocho. Todo tipo de consejos serán muy bienvenidos.
Un saludo.